ACTUALIDAD JURÍDICA
Moratoria del pago del alquiler de viviendas tras el Covid -19
Real decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al Covid-19Ante la situación de la pandemia, muchas familias han visto afectados sus ingresos debido a la paralización de gran parte de la actividad económica.
Este hecho imposibilita poder hacer frente a determinados gastos, como el del alquiler. Por esta razón el gobierno ha dictado el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de Marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19. Entre las medidas acordadas se encuentran las siguientes:- Suspensión extraordinaria de los procedimientos de desahucio y los lanzamientos para hogares vulnerables sin alternativa habitacional.
- Prórroga extraordinaria de los contratos de arrendamiento de vivienda habitual.
- Moratoria de deuda arrendaticia.
- Avales para financiación de arrendatarios.
- Programa de Ayudas al alquiler en los alquileres de vivienda habitual.
Arrendamiento de locales de negocio tras el Covid -19
Real decreto-ley 15/2020, de 21 de abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleoMedidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo
Tras el estado de alarma decretado por el Gobierno para hacer frente al Covid-19 son muchos los autónomos, pequeñas y medianas empresas, que angustiados ante la falta de ingresos se cuestionan como afrontar los arrendamientos de sus locales de negocio.Primeramente hemos de significar que en el Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de Abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo, dictado por el Gobierno, se pretende restablecer un equilibrio contractual quebrado por una situación imprevisible e imprevista y extraordinaria que provoca una excesiva onerosidad para una de las partes, sin embargo esto no es lo que realmente se indica en dicho Real Decreto, ya que se limita a prever una moratoria en el pago de las rentas mientras dura el estado de alarma y limitada a ciertos arrendatarios, es decir que el arrendatario podrá solicitarle al arrendador un aplazamiento temporal u extraordinario en el pago de la renta.
ACTUALIDAD JURÍDICA
Moratoria del pago del alquiler de viviendas tras el Covid -19
Real decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al Covid-19Ante la situación de la pandemia, muchas familias han visto afectados sus ingresos debido a la paralización de gran parte de la actividad económica.
Este hecho imposibilita poder hacer frente a determinados gastos, como el del alquiler. Por esta razón el gobierno ha dictado el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de Marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19. Entre las medidas acordadas se encuentran las siguientes:- Suspensión extraordinaria de los procedimientos de desahucio y los lanzamientos para hogares vulnerables sin alternativa habitacional.
- Prórroga extraordinaria de los contratos de arrendamiento de vivienda habitual.
- Moratoria de deuda arrendaticia.
- Avales para financiación de arrendatarios.
- Programa de Ayudas al alquiler en los alquileres de vivienda habitual.
Consumidores
Ley 3/2014 de reforma de la Ley de Consumidores y UsuariosArrendamiento de locales de negocio tras el Covid -19
Real decreto-ley 15/2020, de 21 de abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleoMedidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo
Tras el estado de alarma decretado por el Gobierno para hacer frente al Covid-19 son muchos los autónomos, pequeñas y medianas empresas, que angustiados ante la falta de ingresos se cuestionan como afrontar los arrendamientos de sus locales de negocio.Primeramente hemos de significar que en el Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de Abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo, dictado por el Gobierno, se pretende restablecer un equilibrio contractual quebrado por una situación imprevisible e imprevista y extraordinaria que provoca una excesiva onerosidad para una de las partes, sin embargo esto no es lo que realmente se indica en dicho Real Decreto, ya que se limita a prever una moratoria en el pago de las rentas mientras dura el estado de alarma y limitada a ciertos arrendatarios, es decir que el arrendatario podrá solicitarle al arrendador un aplazamiento temporal u extraordinario en el pago de la renta.